LEY DE VIVIENDA SEGURA
1796 del 13 de Julio del 2016
» Por la cual se establecen medidas enfocadas a la protección del comprador de vivienda, el incremento de la seguridad de las edificaciones y el fortalecimiento de la función pública que ejercen los curadores urbanos, se asignan unas funciones a la superintendencia de notariado y registro y se dictan otras disposiciones»
Protección a los compradores de vivienda
Más medidas de seguridad
Mayor vigilancia para los curadores urbanos
Lo que hay que saber sobre viviendas seguras
Obligación de constructores de vivienda nueva a amparar perjuicios patrimoniales
Obligación a amparar los perjuicios patrimoniales causados a los propietarios afectados por el colapso o amenaza de ruina como consecuencia de deficiencias en el proceso constructivo.
Se puede cumplir adquiriendo una Póliza o mediante el pago al Fondo Nacional para la Estabilidad y Reconstrucción de Vivienda- FONERVIN
Ajustes a las normas sobre revisión de diseños y supervisión técnica de la construcción de edificaciones.
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Todas las edificaciones deben contar con revisores y supervisores independientes del constructor.
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Se eliminan todas las excepciones que autorizaban a los constructores a realizar supervisión de sus propias obras.
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Aplica para los proyectos de vivienda nueva y mayores a 2000 metros cuadrados.
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Los revisores de diseño y supervisores deben estar en el Registro Nacional de Profesionales de Acreditados.
Creación de la Certificación Técnica de Ocupación
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El supervisor técnico deberá expedir la verificación técnica de ocupación de la obra antes de ocupación.
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Si se permite la ocupación de edificaciones nuevas sin haber protocolizado y registrado la certificación técnica de ocupación, habrá sanciones con multas sucesivas mensuales de 25 salarios mínimos vigentes sin que se supere los 300 salarios mínimos mensuales, así como la suspensión de servicios públicos domiciliarios.
Régimen de inhabilidades, incompatibilidades e impedimentos de los Curadores Urbanos
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Se creará la Superintendencia Delegada para el control de curadores urbanos, adscrita a la Superintendencia de Notariado y Registro para la vigilancia, supervisión y control en el proceso de selección de los curadores urbanos.
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Los alcaldes designarán los curadores urbanos.
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Los curadores serán designados para períodos de 5 años.